Ayudas al sector de la hostelería vasca

Solicitud y aportación de documentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 10 de diciembre de 2020.

Se presentará una solicitud por cada centro de trabajo o establecimiento, sin perjuicio que una empresa tenga varios para los que pueda solicitar estas ayudas, cada uno con su correspondiente solicitud.

Las entidades solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y demás formularios previstos a tal fin.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD

  1. Junto con la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:
    Alta o modificación de datos de Tercero: En caso de que no esté registrada o quiera modificar los datos bancarios existentes en el Registro de terceros del Departamento de Hacienda y Economía, deberá cumplimentar formulario según el modelo establecido.
  2. Derecho a no aportar documentos: acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social:
    En virtud de lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y salvo que usted se oponga expresamente a ello, se le informa de que la Dirección de Turismo y Hostelería en el ejercicio de sus competencias recabará por medios electrónicos los siguientes documentos: 
  3.  
    1. Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    2. Datos de epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas.
    3. Consulta de vida laboral.
    4. Documento de identificación fiscal en caso de persona jurídica.
    5. Verificación de datos de identidad (Dirección General de la Policía -DGP) en caso de las personas físicas.
En caso de oposición, deberá aportar los documentos junto con la solicitud.


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