Ayudas al sector de la hostelería vasca
- 24 de noviembre del 2020 (Publicado por )
Solicitud y aportación de documentación
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 10 de diciembre de 2020.
Se presentará una solicitud por cada centro de trabajo o establecimiento, sin perjuicio que una empresa tenga varios para los que pueda solicitar estas ayudas, cada uno con su correspondiente solicitud.
Las entidades solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y demás formularios previstos a tal fin.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD
- Junto con la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:
Alta o modificación de datos de Tercero: En caso de que no esté registrada o quiera modificar los datos bancarios existentes en el Registro de terceros del Departamento de Hacienda y Economía, deberá cumplimentar formulario según el modelo establecido. - Derecho a no aportar documentos: acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social:
En virtud de lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y salvo que usted se oponga expresamente a ello, se le informa de que la Dirección de Turismo y Hostelería en el ejercicio de sus competencias recabará por medios electrónicos los siguientes documentos: -
- Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Datos de epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas.
- Consulta de vida laboral.
- Documento de identificación fiscal en caso de persona jurídica.
- Verificación de datos de identidad (Dirección General de la Policía -DGP) en caso de las personas físicas.
En caso de oposición, deberá aportar los documentos junto con la solicitud.