Ayudas para PYMES de Lanbide
- 03 de febrero del 2022 (Publicado por )
Las convocatorias de ayudas destinadas a la financiación del Programa llamado “Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y Microempresas” tienen el objetivo de mantener el empleo en microempresas y personas trabajadoras autónomas, contribuyendo a su transición ecológica y digital en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Estas ayudas han sido aprobadas por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide – Servicio vasco de Empleo, y serán financiadas por la Unión Europea-NextGenerationEU.
Los recursos económicos destinados a estas ayudas ascienden a 10.523.571 euros, con cargo al crédito de pago 2022 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
El importe de los recursos económicos se distribuirá entre las dos líneas:
- Un 50 %, 5.261.786 euros, para el mantenimiento del empleo en entidades que hayan realizado una inversión para la transición ecológica.
- Un 50 %, 5.261.785 euros, para el mantenimiento del empleo en entidades que hayan realizado una inversión para la transición digital.
QUIENES PUEDEN SOLICITAR
Microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Disponer al menos un centro de trabajo en la CAPV
- Contar con menos de 10 trabajadores en la empresa
- Volumen de negocio no superior a dos millones de euros.
PLAZO SOLICITUD
- Fecha inicio: 14 de febrero de 2022
- Fecha fin: 31 de mayo de 2023
Las solicitudes serán analizadas y concedidas por orden de presentación, hasta el agotamiento de los fondos.
CUANTÍA DE LA AYUDA
La cuantía de la ayuda asciende a 5.000 euros por beneficiario.
Cada microempresa podrá ser beneficiaria de ayuda, y por una sola vez, al amparo de una de las dos líneas.
REQUISITOS PARA SOLICITAR
- Acreditar haber realizado y pagado inversiones, por un importe mínimo de 600 euros (IVA excluido), para su transición ecológica o digital, entre el día 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud. (se podrán sumar el coste de varios conceptos de inversión de la misma línea).
- Mantener el número de personas trabajadoras por cuenta durante un periodo de seis meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
**No se considerará incumplido el mantenimiento en el empleo si se extinguiera alguna de las relaciones laborales por causas objetivas o despido que no hayan sido declarados como improcedentes, por jubilación, dimisión, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador, y en el caso de contratos temporales, incluidos los formativos, cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio que constituye su objeto, y en el caso concreto de los fijos discontinuos cuando finalice o se interrumpa el periodo estacional de actividad.